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La reforma del mercado eléctrico europeo y los hogares vulnerabilizados

La Comisión Europea propone la obligación para los estados de garantizar la protección frente al corte

El texto incluye otras novedades como la respuesta ante crisis de precios o la inclusión de hogares vulnerabilizados en el autoconsumo compartido

Anteayer la Comisión Europea presentó su esperada propuesta de reforma del diseño del mercado común de la electricidad. Los cambios persiguen, según sus palabras, “impulsar las renovables, proteger mejor a los consumidores y aumentar la competitividad industrial”. En lo que se refiere a los llamados “consumidores vulnerables”, el texto introduce novedades relevantes en la Directiva 2019/944, la norma marco del mercado común eléctrico europeo. Repasamos en esta entrada los principales cambios.

 

1. Protección de los consumidores vulnerables frente a los cortes

Se trata de la novedad más importante. La propuesta introduce un nuevo artículo en la directiva (el 28a), que lleva por título “Protección ante desconexiones para consumidores vulnerables”. El nuevo artículo establece literalmente que

“Los estados miembros deben garantizar que los clientes vulnerables estén protegidos de las desconexiones de la electricidad. Esto debe proporcionarse como parte del concepto de clientes vulnerables de acuerdo con el apartado 1 del artículo 28 de esta Directiva y sin perjuicio de las medidas establecidas en el apartado 11 del artículo 10”.

La prohibición de corte no es exactamente una novedad, puesto que ya se incluye en el redactado vigente del artículo 28, relativo a los clientes vulnerables:

“Los Estados miembros deben adoptar las medidas oportunas para proteger a los clientes y, en particular, deben garantizar una protección adecuada de los clientes vulnerables. A este respecto, cada uno de los estados miembros definirá el concepto de cliente vulnerable que podrá referirse a la pobreza energética y, entre otras cosas, a la prohibición de desconexión de la electricidad a estos clientes en momentos críticos”.

A pesar de parecer un cambio sutil, la prohibición de corte pasa de ser una propuesta para la adecuada protección de los hogares vulnerabilizados, además, enmarcada en “momentos críticos”, a una obligación real para los estados miembros a la hora de garantizar que estos hogares no sufran una desconexión. La clave, sin embargo, recae en que los estados miembros tienen y tendrán la potestad de definir al cliente vulnerable según los criterios que ellos mismos convengan y podrán limitar más o menos el alcance de esta protección a un porcentaje relevante de la población.

Es importante poner de manifiesto que este artículo 28a no estaba incluido en el último borrador que se filtró antes de la presentación de la propuesta y que su contenido es una demanda histórica de las organizaciones de toda la UE que luchamos por el reconocimiento del derecho a la energía, incluyendo la red Right to Energy Coalition, de la que la APE formamos parte.

Por lo tanto, si la propuesta se acaba adoptando con su redactado actual, los movimientos y entidades tendremos aún más motivos para exigir al Gobierno del Estado que la actual moratoria de cortes para hogares con el bono social eléctrico, en vigor hasta finales de año, se mantenga con carácter permanente. Se trata de una demanda que hemos trasladado en numerosas ocasiones al Ministerio para la Transición Ecológica, las últimas en el marco de la campaña conjunta con otras entidades #FacturasImposibles. La garantía de suministro para hogares vulnerabilizados ya no es una simple recomendación por parte de Bruselas, sino una obligación vinculante para todos los estados miembros, incluido el español.

 

2. Acceso a precios minoristas regulados en situación de crisis

Con la experiencia de la última crisis de precios de la electricidad, que tuvo su inicio en el verano de 2021 y se vio agudizada a raíz de la invasión rusa de Ucrania, la Comisión propone la inclusión de un nuevo artículo 66a, bajo el título “Acceso a energía asequible durante una crisis de precios de la electricidad». En éste, la Comisión define los parámetros para que una escalada de precios se pueda considerar una crisis, que puede serlo tanto a escala regional como del conjunto de la UE, esta calificación deberá realizarla la propia Comisión y deberá enmarcarla en un límite temporal de como máximo un año.

En este caso, los estados miembros tendrán la capacidad de intervenir los precios de la electricidad de forma excepcional y temporal por debajo de coste, siempre que se cumplan algunas condiciones:

a. El precio establecido para los hogares sólo se aplicaría como máximo al 80% del consumo medio de los hogares, con el objetivo de mantener un incentivo para la reducción de la demanda;

b. no debería existir discriminación entre comercializadoras;

c. los proveedores deberían recibir una compensación por suministrar por debajo del coste; y

d. todos los comercializadores podrían ofrecer ofertas por el precio del suministro de electricidad inferior al coste sobre la misma base.

 

3. Obligación de los estados miembros de establecer comercializadores de último recurso

La propuesta introduce un nuevo artículo 27a, que obliga a los estados miembros a designar comercializadoras de referencia al menos para los clientes domésticos. En el caso del Estado español, estas figuras ya existen desde hace años y son las únicas que pueden ofrecer el bono social eléctrico a sus clientes.

 

4. Derecho al autoconsumo compartido

La Comisión propone un nuevo artículo 15a relativo al derecho al autoconsumo compartido que introduce la inclusión de hogares vulnerabilizados en estas estructuradas. El redactado del apartado 2 es el siguiente:

“Los Estados miembros deben adoptar medidas adecuadas y no discriminatorias para garantizar que los hogares pobres y vulnerables energéticamente puedan acceder a los sistemas de intercambio de energía. Estas medidas pueden incluir medidas de soporte financiero o cuota de asignación de producción.”

A pesar del margen de actuación y la falta de concreción del concepto “medidas adecuadas”, sí es valorable el hecho de que la Comisión conmine a los estados miembros a tener en cuenta los hogares vulnerabilizados en la regulación del autoconsumo compartido y las comunidades energéticas.

 

Apuntes finales

A pesar de las demandas de los movimientos sociales, la esperada reforma del mercado eléctrico sigue teniendo como pilar básico el libre mercado, el funcionamiento del mercado marginalista, los contratos de energía a largo plazo y, en general, conserva y defiende los mismos mecanismos de fijación de precios y comercialización de la energía que han hecho recaer gran parte de las consecuencias de la crisis de precios de los últimos años sobre las familias vulnerabilizadas.

Como hemos podido ver, las novedades en materia de hogares vulnerabilizados incluidas en la propuesta de la Comisión Europea no pueden calificarse en ningún caso de cambio de paradigma o punto de inflexión, pero sí que, de mantenerse en el texto que finalmente se adopte, pueden ofrecer herramientas a las entidades y organizaciones que luchamos por la erradicación de la pobreza energética para exigir una transposición ambiciosa por parte de los diferentes estados, incluido el español. Teniendo en cuenta el texto actual, habría sido mucho más favorable un redactado menos ambiguo y que incluyera más obligaciones expresas para los estados miembros y una mayor ambición por parte de la Comisión a la hora de garantizar o, al menos, reconocer el derecho a la energía de todos los ciudadanos europeos.

De todo lo que se ha presentado, en clave estatal, podemos reclamar al Gobierno central el mantenimiento de forma permanente de la actual moratoria de cortes, que prohíba de forma estructural las desconexiones a hogares vulnerabilizados. Además, la inclusión de los hogares vulnerabilizados en la regulación del autoconsumo compartido y las comunidades energéticas desde una perspectiva empoderadora y no simplemente asistencialista.

Antes de terminar, cabe remarcar que la propuesta presentada por la Comisión es en estos momentos sólo eso: una propuesta. El texto pasará a lo largo de los próximos meses por los filtros del Parlamento Europeo y el Consejo Europeo, que podrían introducir enmiendas o incluso rechazarlo. Según fuentes de la Comisión, el objetivo de ésta es que la reforma entre en vigor antes del próximo invierno.