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Guía APE sobre medidas vigentes a nivel estatal para proteger a familias vulnerabilizadas y abaratar la factura eléctrica

A raíz del estallido de la pandemia y la posterior escalada de precios de la energía, el Gobierno estatal ha ido tomando una serie de medidas a lo largo de los últimos dos años con el objeto de ofrecer protección a las familias vulnerabilizadas y también de abaratar la factura eléctrica. Estos mecanismos han ido prorrogándose por medio de decretos ley y su vigencia finaliza en fechas diferentes.

Tras el último Consejo de Ministros, la portavoz del Gobierno anunció que a finales de marzo el Ejecutivo concretaría un plan nacional para responder al impacto económico y social de la invasión de Ucrania y las consecuencias de la guerra, que con total seguridad incluirá medidas en materia energética.

En cualquier caso, para facilitar la comprensión de todas las medidas, hemos elaborado un resumen con las que siguen vigentes a día de hoy, con una descripción y su límite temporal (si no se vuelven a prorrogar). Si tienes dudas o quieres más información, participa en nuestras asambleas y aprende a defender tus derechos.

1. Garantía de suministro de agua, luz y gas (hasta 30/06)

Se trata de una de las medidas estrella del Ejecutivo y una de las primeras en aprobarse. A pesar de ir sufriendo algunos cambios, desde diciembre de 2020 se ha mantenido con las mismas condiciones. En líneas generales, se prohíbe el corte de suministro para aquellos usuarios que sean beneficiarios del bono social eléctrico o cumplan con los requisitos para acceder al mismo.

La garantía incluye energía eléctrica, productos derivados del petróleo (incluidos los gases manufacturados y los gases licuados del petróleo), gas natural y agua. Solo se pueden acoger los consumidores persona física en su vivienda habitual.

En el caso de la electricidad, la garantía es automática si se dispone del bono social en vigor. Para agua y gas, el titular debería enviar a su compañía correspondiente una factura eléctrica donde conste que es beneficiario del bono social para estar protegido. Por otro lado, si cumple con los requisitos para acceder al bono social, pero aún no dispone de él por no estar el contrato a su nombre, la persona también puede acudir a los Servicios Sociales competentes y obtener un informe, que deberá remitir a la compañía acompañado de una fotocopia del DNI o NIE de todas las personas que residan en la vivienda, así como de un certificado de empadronamiento en vigor.

2. Percepción del bono social (hasta 30/06)

El Gobierno, ante el más que posible incremento de los casos de vulnerabilidad derivados del parón económico, ofreció la posibilidad de acceder al bono social eléctrico a autónomos afectados directamente por la pandemia. Recordemos que el bono social es un descuento directo en la factura eléctrica (normalmente del 25 o el 40%, aunque más adelante veremos que estos porcentajes se han ampliado de forma temporal).

En este caso, se pueden beneficiar del bono social quienes acrediten que el titular del punto de suministro, o alguno de los miembros de su unidad familiar, profesionales por cuenta propia o autónomos, tienen derecho a la prestación por cese total de actividad profesional o por haber visto su facturación en el mes anterior al que se solicita el bono social reducida en, al menos, un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.

No obstante, existen unos límites para la renta conjunta anual de la unidad familiar. Por ejemplo, en el caso de una familia sin menores, la unidad familiar no puede ingresar más de 18.798,97 €/año. Para una familia con un menor, el límite se encuentra en 22.589,28 €/año. Por último, en un hogar con dos menores, la familia no podría ingresar más de 26.354,16 €/año para poder acceder a los descuentos ofrecidos por el bono social.

3. Ampliación de los descuentos del bono social (hasta 30/04)

Ante la evolución de los precios de la electricidad en el mercado mayorista, vinculados directamente al PVPC -la tarifa semi regulada necesaria para acceder al bono social-, el Gobierno estatal tomó la decisión en octubre de 2021 de ampliar los descuentos del bono social eléctrico. En este caso, los consumidores llamados vulnerables pasarían de un 25 a un 60% de descuento, y los vulnerables severos, de un 40 a un 70%.

Los descuentos se aplicarán sobre los términos de potencia y consumo y no sobre el total. Es decir, se aplican antes de impuestos. Además, existen unos límites al consumo. Es decir, solo se bonificarán un número establecido de kWh. Lamentablemente, los límites máximos al consumo son excesivamente bajos y producen que gran parte del consumo en época de frío no cuente con los correspondientes descuentos.

Los límites anuales en kWh que serán prorrateados por el comercializador de referencia, según el número de días del periodo de facturación, son los siguientes:

  • Unidad familiar sin menores/demandante individual: 1.380
  • Unidad familiar con un menor: 1.932
  • Unidad familiar con dos menores: 2.346
  • Unidad familiar familias numerosas: 4.140
  • Unidad familiar/demandante individual-pensionistas (cuantía mínima): 1.932

4. Rebaja de impuestos en la factura eléctrica (hasta 30/04)

En pleno verano y ante los elevados precios de la electricidad, el Gobierno estatal decidió reducir algunos de los impuestos asociados a la factura eléctrica. La medida se prorrogó antes de Navidad, hasta el 30 de abril del presente año.

En primer lugar, se aprobó la reducción al 10% del Impuesto sobre el Valor añadido (IVA) en la factura eléctrica de los consumidores con hasta 10 kW de potencia contratada, siempre que el precio medio mensual del mercado mayorista del mes anterior sea superior a 45 €/MWh. Cabe destacar que estas últimas semanas el precio ha superado holgadamente los 400 €/MWh y las previsiones no son muy favorables para el resto del año si no se producen cambios importantes en el sistema de fijación de pruebas, algo que solo puede suceder en el seno de la Unión Europea. A su vez, el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) también se redujo al 0,5%, el mínimo autorizado por la normativa europea.

Por otro lado, el Impuesto que grava con un 7% el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE) permanece suspendido hasta el 31 de marzo, hecho que debería ayudar a reducir el precio en el mercado mayorista, pero que a la práctica ha tenido poco efecto por los elevados precios del gas y el sistema marginalista de fijación de precios.

5. Reducción de peajes y cargos (todo 2022)

Por último, con el mismo objetivo de reducir la factura eléctrica, el Gobierno decidió en septiembre de 2021 aprobar un descuento en los cargos incluidos en la misma. Recordemos que los cargos sirven para pagar las primas a las renovables, los sobrecostes de los territorios extra peninsulares o el pago de la deuda del sistema eléctrico, entre otros aspectos. Para el 2022 desaparece este descuento, pero bajan de nuevo los cargos del sistema eléctrico, que serán aplicables para todo el año 2022 y rebajan hasta aproximadamente un 33% sus importes respecto de los de abril de 2021.

Por otra parte, la CNMC aprobó en diciembre de 2021 una reducción de los peajes de transporte y distribución aplicables en 2022 (los pagos que se realizan a Red Eléctrica de España y las distintas compañías distribuidoras por ejercer su actividad). La resolución publicada establece, de media, una disminución del 4,6% en relación a los peajes que fueron aplicados a partir del 1 de junio de 2021 con el cambio de tarifa eléctrica.

6. Revisión de la tarifa regulada (TUR) de gas (hasta 30/03)

En septiembre de 2021, el Gobierno estatal impulsó un real decreto-ley de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural, en el cual se estableció que en la revisión de la tarifa de último recurso (la tarifa regulada de gas natural) correspondiente al 1 de enero de 2022, el incremento máximo del coste de la materia prima respecto al que resulte vigente en la revisión de 1 de octubre de 2021 fuera del 15%.

En cada revisión, el coste de materia prima depende del coste del gas de base y del coste del gas estacional, y su incremento para este período habría sido de un 231,31% con respecto al valor vigente, pero con las medidas impulsadas se ha limitado ese crecimiento. De este modo, en la TUR 1, de consumos anuales menores de 5.000 kWh, la factura anual subiría un 5,48%, mientras sin la limitación aumentaría un 83,62%. De la misma forma, en la TUR 2, para consumos anuales entre 5.000 y 15.000 kWh, la factura anual subiría un 6,78%, por debajo del 103% crecería sin el límite del 15%. Igualmente, en la TUR 3, de consumos anuales entre 15.000 kWh y 50.000 kWh, la factura anual se incrementaría un 7,46%, si bien, sin la limitación lo haría un 114,16%.

El problema es que en septiembre el Ejecutivo no contaba con la guerra en Ucrania. En las próximas revisiones trimestrales (la primera de las cuales se producirá el 1 de abril), se esperaba una cotización internacional del gas normalizada, que permitiera ir absorbiendo poco a poco la deuda generada hasta la fecha y todo indica que eso no será posible.