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[Comunicado] Exigimos que las empresas suministradoras cumplan la Ley 24/2015, ¡la ILP Vivienda!

Acción de denuncia en las sedes centrales de Endesa, Gas Natural y Agbar y exigencia a la Agencia Catalana del Consumo a que sancione a quien incumpla la Ley

Hace tiempo que la ciudadanía defiende muchos de los derechos fundamentales que bancos y suministradoras pisotean cada día, de forma irresponsable y escandalosa, mientras las administraciones y las leyes lo permiten. Pero el pasado julio, con la aprobación de la ILP Vivienda, en Catalunya conseguimos un cambio legislativo importantísimo para detener los desahucios y los cortes de suministro y para garantizar el derecho a la vivienda digna.

Desde aquel día, hemos puesto todos los esfuerzos y las herramientas necesarias para que esta iniciativa legislativa popular, que hoy es ley, se aplique y se cumpla. Siempre hemos mantenido, sin embargo, un pie en la calle, porque sabemos que no es suficiente con cambiar la ley, sino que hay que exigir que se aplique y que no se guarde en un cajón. La nueva Ley 24/2015 pone sobre la mesa herramientas y obligaciones para las administraciones, y responsabilidades para los bancos y las suministradoras.

El jueves pasado llamamos la atención a los ayuntamientos para que cumplieran con la Ley. Hoy les toca a las empresas suministradoras.

Con la acción de hoy, la Plataforma de Afectadas por la Hipoteca (PAH) y la Alianza contra la Pobreza Energética (APE), denunciamos públicamente la vulneración repetida y sistemática por parte de las empresas suministradoras en la aplicación del principio de precaución recogido en la Ley 24/2015.

Según la Ley 24/2015, las empresas suministradoras no pueden efectuar el corte del servicio a ninguna persona sin contacto previo con los Servicios Sociales, para que los mismos determinen si la familia o persona se encuentra en situación de riesgo de exclusión residencial. Este principio, llamado principio de precaución, es la garantía que la ley da a las personas en situación de vulnerabilidad, reconociendo el acceso a los suministros básicos como un derecho fundamental

A pesar de que ya hace más de cuatro meses que la ley está vigente, las empresas suministradoras siguen sin aplicar el principio de precaución, y cada día se producen decenas de cortes de suministro en Catalunya. Es el caso, por ejemplo, de Belén y Ricardo de Cerdanyola, con 5 menores a su cargo. La noche del 19 de octubre, al llegar a casa, se dieron cuenta de que Endesa les había cortado la luz. Cuando llamaron a la compañía les dijeron que, o bien pagaban las 3 facturas pendientes, o no les conectarían la luz. O el caso de Telma, que vive en Balaguer con dos menores, y Gas Natural le cortó la luz en octubre, condenándola a ella y sus hijos a vivir más de un mes a la luz de las velas.

Las empresas suministradoras no solo están mostrando falta de interés en la aplicación de la Ley 24/2015, sino que llegan incluso a negar su obligatoriedad. Como es el caso de José, que vive en Cunit, a quien Endesa le cortó el suministro el 5 de noviembre, y en su oficina de atención al cliente de Segur de Calafell le negaban el conocimiento de esta ley, pidiendo que fuera él mismo quien acudiera a la sede de Endesa de Barcelona a preguntar sobre su caso. Tras esta negativa por parte de Endesa, José estuvo 5 días sin luz en su hogar.

Estos son solo tres de los casos que ejemplifican la falta de sensibilidad de estas compañías suministradoras, y su alarmante prepotencia y poder fáctico en la impunidad ante el incumplimiento de la ley. Es por este motivo que hoy hemos hecho entrega a la Agencia Catalana del Consumo de denuncias de casos de cortes de suministro que se han producido desde la entrada en vigor de la Ley 24/2015. Son solo algunos ejemplos de las decenas de cortes de suministro que se siguen produciendo en el día de hoy en Catalunya.

Los cortes son una clara infracción de la aplicación de la Ley 24/2015, y la PAH y APE no podemos esperar ni un solo día más.  Exigimos a la Generalitat que sancione a las empresas suministradoras con la potestad que le otorga la Ley 22/2010 del Código de Consumo de Catalunya. Asimismo, hacemos un llamamiento a los ayuntamientos de Catalunya para que se responsabilicen de la aplicación de la misma en sus municipios, y apliquen las sanciones pertinentes, que recordamos que pueden llegar hasta el millón de euros, considerando la infracción como una vulneración de los derechos fundamentales. Y por este motivo, hoy hemos presentado denuncias en la Agencia Catalana del Consumo para que aplique la ley y sancione a quien la incumple.

No podemos cerrar los ojos y permitir que las empresas suministradoras continúen eludiendo su responsabilidad en la pobreza energética, dejando a más de un 10% de la población sin el acceso a los suministros básicos. Pedimos valentía a las administraciones, a la Generalitat y a los ayuntamientos. Ahora mismo hay una ley que los protege, basta aplicarla y obligar a quien no lo quiere hacer.

No valen más excusas, ¡la ILP, la Ley 24/2015 debe aplicarse ya!

¡Ni sed, ni frío ni oscuridad!

19 de noviembre de 2015