El pasado viernes 22 de julio tuvo lugar el tercer encuentro entre el Grupo Promotor de la ILP Vivienda -Ley 24/2015- y los 12 municipios más poblados de Catalunya. El Observatorio DESC, junto con la Plataforma de Afectadas por la Hipoteca (PAH) y la Alianza contra la Pobreza Energética (APE), organizamos la jornada de trabajo, que tuvo lugar en la sede del grup ECOS en Barcelona, enfocada de forma monográfica sobre las ocupaciones. En la reunión se compartieron cifras, información, experiencias y posturas de los diferentes ayuntamientos en relación con la ocupación en precario de viviendas.
Gracias a la información proporcionada por los 12 municipios, el Observatorio DESC y el Grupo Promotor de la ILP de Vivienda han podido elaborar un informe con datos sobre el impacto de la Ley 24/2015, las herramientas para hacer realojos, los convenios con entidades financieras, las ocupaciones, la adquisición de viviendas, la intervención sobre viviendas vacías o la rehabilitación.
A continuación pueden consultar las principales conclusiones del informe completo en el documento adjunto:
En materia de vivienda, se pueden apuntar algunas conclusiones generales:
1) Los datos relativos al impacto de la Ley 24/2015 durante sus 9 meses de vigencia son bastante interesantes: se han resuelto 2.554 casos de emergencia habitacional, se han podido detener 4.286 desahucios y se han conseguido 914 alquileres sociales.
2) Es importante tener en cuenta que los desahucios por impago de alquiler representan el 79% del total de desahucios en los municipios objeto de estudio. Esto señala la necesidad de apostar por ayudas al pago del alquiler y políticas para garantizar precios asequibles de las viviendas en esta forma de tenencia. A menudo se ha planteado la necesidad de que la Generalitat abra una convocatoria permanente de ayudas al pago del alquiler.
3) En relación con los servicios de intermediación hipotecaria, se han firmado 314 daciones en pago, 328 refinanciaciones y 64 quitas. Una carencia importante es la falta de asesoramiento en casos de impago de alquiler, si bien, se han perfeccionado estos servicios en los últimos tiempos.
4) El volumen de desahucios que acumulan estos municipios, el 54% del total de Catalunya, junto con la suspensión del articulado de la Ley 24/2015 que obliga a los grandes tenedores a realojar, y el escaso resultado de la aplicación de la normativa para movilizar la vivienda vacía, indican necesidades muy explícitas. Es importante conseguir movilizar la vivienda vacía que no está cumpliendo su función social. Para ello, es necesario tener una metodología común, tanto de censo o inventario -más de la mitad de los municipios lo tienen- como de multas y sanciones -8 de los 12 municipios han hecho uso. En total, se han movilizado 577 viviendas vacías. En este sentido, es importante coordinar la aplicación de la normativa vigente hacia los grandes tenedores de vivienda para buscar un resultado mayor que el conseguido hasta el momento.
5) En materia de realojo, los recursos empleados por los ayuntamientos han sido diversos. Si bien las viviendas municipales han sido la herramienta más utilizada, la falta de pisos ha supuesto que se utilizaran pensiones o viviendas del mercado privado de alquiler, recursos que resultan muy costosos. Según los datos aportados, el último año se han realizado aproximadamente 596 realojos en los 12 municipios objeto de estudio.
6) Las cifras en relación con las cesiones de viviendas por parte de las entidades financieras superan los 300 pisos, si bien, las condiciones en que se encuentran estas viviendas difieren entre municipios. Se valoraba la necesidad de disponer de convenios similares para homogeneizar condiciones. El gasto en materia de mal estado de estas viviendas a menudo es elevado. En este sentido, hay cierta falta de uso de los mecanismos legales al alcance del mundo local. Si bien, 8 de los 12 ayuntamientos han dado órdenes de ejecución de obras o interpuesto multas coercitivas o sanciones por mal estado de conservación de la vivienda, puede resultar útil profundizar en este ámbito como vía de aumento del parque público. El tanteo y retracto también es una opción utilizada todavía de forma minoritaria por los ayuntamientos (tan solo un 25%).
7) Las ocupaciones en precario son una preocupación que han manifestado todos los ayuntamientos, aunque hay formas diversas a la hora de abordar soluciones, señalando aquí también la necesidad de coordinarse y tener políticas compartidas en este ámbito. El 54,5% de los ayuntamientos consultados están utilizando propuestas de intervención al respecto: es importante hacer una recopilación de experiencias y poderlas compartir.
En materia de pobreza energética, se puede considerar que:
1) Según los datos aportados por los 12 municipios que han participado en la encuesta, gracias a la Ley 24/2015 se han conseguido parar 4.399 cortes de suministro, cifra que demuestra la utilidad de la norma. Recoger estos datos mensualmente desagregados por tipo de suministro (agua, luz y gas) aportaría una información muy relevante a la hora de saber si la norma se está aplicando como debería.
2) Resulta evidente que no se puede menospreciar el impacto de la Ley 24/2015 a la hora de evitar los cortes de suministros, pero también lo es que, a priori, parece que no se está aprovechando todo el potencial de la norma para erradicarlos. Las respuestas de los ayuntamientos ponen sobre la mesa que todavía hay incumplimiento de la Ley 24/2015 por parte de las compañías suministradoras, y solo el Ayuntamiento de Sabadell ha ejercido su potestad sancionadora. Por lo tanto, parece necesario que el resto de ayuntamientos se sumen a esta práctica para conseguir de las compañías el cumplimiento de esta norma.
3) Vista la dificultad de disponer de datos sobre pobreza energética, sería interesante ampliar esta información, ya que es una de las partes ahora mismo vigentes de la Ley 24/2015 y sobre la que se detectan dificultades en su aplicación, por ejemplo, definiendo bien cuáles son los incumplimientos, por parte de qué compañías, y qué implicaciones tienen a nivel de presupuestos de los ayuntamientos el hecho de que todavía no se hayan firmado los convenios con las compañías suministradoras. Estos datos ayudarán a determinar cuáles son las dificultades y las actuaciones que se pueden implementar de forma coordinada entre los diferentes ayuntamientos.
Cuando se trata de coordinar acciones compartidas, y teniendo en cuenta el peso de estos 12 municipios en relación a la emergencia habitacional, pero también en la disponibilidad de recursos para revertirla si se consiguen activar, habría que considerar muy seriamente la posibilidad de compartir recursos humanos, técnicos y económicos.
Finalmente, es importante señalar la necesidad de continuar realizando estos informes periódicamente, mejorando la metodología para tener datos más homogéneos que permitan elaborar conclusiones más precisas.